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América Latina fue la región pionera en cuanto a la puesta en marcha de políticas públicas de protección de DDH (el primero programa de protección, a nivel mundial, comenzó en Colombia en 1997, incluso un año antes que la aprobación de la Declaración de Defensores/as por la Asamblea General de la ONU). Esta misma región fue pionera en aprobar la primera ley nacional sobre protección de DDH (México, 2012).
Tanto en Mesoamérica como en Sudamérica ha habido dos tipos de iniciativas para poner en marcha estas políticas. Por una parte, la presión de organizaciones de la sociedad civil ha sido clave para que los gobiernos de turno accedieran a normar la protección de DDH.
Por otra parte hay que tener en cuenta el papel vertebrador del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH). La Corte Interamericana de Derechos humanos ha estipulado la obligatoriedad que tienen los Estados de proteger a quienes defienden los derechos humanos mediante cuatro deberes específicos:
a.facilitar los medios necesarios para que quienes defienden derechos humanos realicen libremente sus actividades;
b.protegerlos cuando sean objeto de amenazas, para evitar los atentados a su vida e integridad;
c.abstenerse de imponer obstáculos que dificulten la realización de su labor;
d.investigar seria y eficazmente las violaciones cometidas en su contra.
Además, en dos de sus sentencias, la misma Corte ha ordenado a los Estados la creación de políticas públicas para la protección de DDH en tres sentencias –hacia Guatemala, Honduras y Nicaragua-1.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha señalado a los Estados americanos la necesidad de tener en cuenta una serie de parámetros para desarrollar una “política global de protección”, más allá de “restringirse, por ejemplo, a proporcionar esquemas de seguridad a defensores en peligro sin investigar el origen de las amenazas de las que han sido objeto”2.
A mediados de 2021 la relación de países con políticas de protección es como sigue:
•Ley vigente: México, Honduras (sentencia de la Corte IDH) y Perú
•Decreto o norma subnacional: Brasil, Colombia, Ecuador
•Debates vigentes: El Salvador, Guatemala (sentencia de la Corte IDH)
•Debates previos, no retomados en la actualidad: Paraguay, Nicaragua (sentencia de la Corte IDH)
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