Las Directrices de la UE (2008) son una herramienta para las misiones de los Estados miembros de la UE y contienen recomendaciones sobre el apoyo a las personas defensoras de los derechos humanos en países no pertenecientes a la UE, así como en foros multilaterales. Han sido elaboradas por el Servicio Europeo de Acción Exterior y se aplican exclusivamente a la protección de las personas defensoras de los derechos humanos en el marco de las misiones diplomáticas en el extranjero. Se aplican a los siguientes países Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumanía y Suecia.
Las Directrices de la Unión Europea sobre los Defensores de los Derechos Humanos se complementan con la «Nota de Orientación para las Misiones de la UE» (2014). Se trata de un documento de carácter no público que orienta al personal diplomático de la UE y de sus miembros sobre la aplicación de las Directrices de la UE sobre personas DDH en terceros países. Entre otras cosas, incluye una lista de control de las herramientas y acciones utilizadas para hacer frente a las amenazas específicas a las que se enfrentan las personas DDH y qué institución de la UE está a cargo de la respuesta en cada caso.
Encuentren el documento original aquí en inglés (European External Action Service).
El documento también se ha traducido al swahili, al tailandés y a ocho lenguas locales filipinas (hiligaynon, cebuano, tagalo, ilokano, meranaw, bicol, kapampangan y waray/leyte).