Proyecto de Ley en tramitación en la Cámara de Diputados y Diputadas (fecha de ingreso 29 mayo 2024), que busca consagrar un marco normativo de protección para las personas defensoras de los derechos humanos en asuntos ambientales y de la naturaleza que haga operativo el Acuerdo de Escazú en Chile.
El artículo 1, incluye los 4 objetivos de la Ley:
a) Garantizar un entorno seguro y propicio en el que las personas, grupos y organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos en asuntos ambientales puedan actuar sin amenazas, restricciones e inseguridades.
b) Reconocer, respetar, proteger y promover los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas que, de forma individual o colectiva, promueven la vigencia de los derechos humanos en asuntos ambientales y la protección de la naturaleza, tanto a nivel nacional como internacional.
c) Establecer un marco normativo que contenga mecanismos adecuados y efectivos para la protección de defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales y de la naturaleza, entre los que se incluyan medidas preventivas y una reacción oportuna frente a vulneraciones de sus derechos.
d) Afirmar el compromiso del Estado de Chile con la implementación y cumplimiento de las declaraciones, tratados, convenciones y otros instrumentos, tanto de derecho interno como internacional, relacionados con los derechos humanos y la protección del medio ambiente.